DECRETO 1361 2000
Síntesis:
MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - CREACIÓN - CAMBIO DE DENOMINACIÓN - SUPRESIÓN - TRANSFERENCIA - DEPENDENCIA FUNCIONAL - SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - SUBSECRETARÍA DE LEGISLACIÓN Y JUSTICIA - SECRETARÍA DE GOBIERNO - SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA Y LEGISLACIÓN - SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD - SECRETARÍA DE GOBIERNO - PROGRAMA DE SEGURIDAD CIUDADANA - CONSEJO DE PREVENCIÓN DEL DELITO - INSTITUTO DE POLÍTICA CRIMINAL SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA - SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS - SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS - SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO URBANO - SECRETARÍA DE CULTURA - SECRETARÍA DE INDUSTRIA COMERCIO Y TRABAJO - SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO - SECRETARÍA DE TURISMO - DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS POLÍTICOS E INSTITUCIONALES - SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO - COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS - SUBSECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN - SUBSECRETARÍA DE MANTENIMIENTO URBANO - DIRECCIÓN GENERAL MANTENIMIENTO DE LA VÍA PÚBLICA - DIRECCIÓN GENERAL ALUMBRADO PÚBLICO - DIRECCIÓN GENERAL COORDINACIÓN CON LOS SERVICIOS PÚBLICOS NACIONALES - DIRECCIÓN GENERAL DE HIDRÁULICA - SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS - DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE - DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁNSITO - SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - SUBSECRETARÍA REFORMA DEL ESTADO - DIRECCIÓN GENERAL RELACIONES LABORALES - DIRECCIÓN GENERAL PROTECCIÓN DEL TRABAJO - SUBSECRETARÍA DE TRABAJO Y EMPLEO - SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO URBANO - DIRECCIÓN GENERAL PROYECTOS Y GESTIÓN URBANA - DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN DE OBRAS Y CATASTRO - SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL - DIRECCIÓN INSTITUTO HISTÓRICO DE LA CIUDAD - PROCURACIÓN GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS - SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS GENERALES - DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA SERVICIOS GENERALES - DIRECCIÓN GENERAL INFRAESTRUCTURA Y RENOVACIÓN DE EDIFICIOS - DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE EMERGENCIAS SOCIALES Y DEFENSA CIVIL - DIRECCIÓN GENERAL PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA - DIRECCIÓN GENERAL INFORMACIÓN DE LA ACTIVIDAD LEGISLATIVA - JEFATURA DE GOBIERNO - DIRECCIÓN GENERAL RELACIONES INTERNACIONALES COLECTIVIDADES Y COOPERACIÓN - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GABINETE - UNIDAD DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - CENTRO PARA LA PARTICIPACIÓN Y EL CONTROL CIUDADANO - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GABINETE - SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS E INSTITUCIONALES - SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN ADMINISTRATIVA - DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS - DIRECCIÓN GENERAL ASUNTOS POLÍTICOS - DIRECCIÓN GENERAL ASUNTOS INSTITUCIONALES - SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS E INSTITUCIONALES - DIRECCIÓN GENERAL RELACIONES CON COLECTIVIDADES Y CULTO - DIRECCIÓN GENERAL ESCRIBANÍA - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN OPERATIVA - SUBSECRETARÍA DE RECURSOS Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL COMPRAS Y CONTRATACIONES - DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS HUMANOS - DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE BIENES - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA - DIRECCIÓN GENERAL ESTADÍSTICAS Y CENSOS - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN OPERATIVA - DIRECCIÓN GENERAL CONCESIONES Y PRIVATIZACIONES - DIRECCIÓN GENERAL ESTRUCTURAS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN - UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA DE APOYO INSTITUCIONAL REFORMA FISCAL Y PLAN DE INVERSIONES - UNIDAD EJECUTORA PRÉSTAMO BID - SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA - DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIONES - SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS - SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y MANTENIMIENTO - DIRECCIÓN GENERAL INSPECCIÓN Y CONTROL - SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA - DIRECCIÓN GENERAL HIGIENE URBANA - SUBSECRETARÍA DE MANTENIMIENTO URBANO - DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁNSITO - SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - DIRECCIÓN GENERAL TRÁNSITO Y TRANSPORTE - SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO - DIRECCIÓN GENERAL PROGRAMAS Y PROYECTOS - DIRECCIÓN GENERAL GESTIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO - DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO E INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA - CONSEJO DE PLAN URBANO AMBIENTAL - SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL - SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIAS CULTURALES - ORGANISMO FUERA DE NIVEL COMPLEJO TEATRAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - DIRECCIÓN GENERAL DE BIBLIOTECAS , DIRECCIÓN GENERAL CENTRO DE DIVULGACIÓN MUSICAL - SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL - SUBSECRETARÍA DE ACCIÓN CULTURAL - DIRECCIÓN GENERAL INSTITUTO HISTÓRICO - DIRECCIÓN GENERAL PATRIMONIO CULTURAL - DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA - DIRECCIÓN GENERAL DE MUSEOS - DIRECCIÓN GENERAL DE PUBLICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL ENSEÑANZA ARTÍSTICA - DIRECCIÓN GENERAL RELACIONES INSTITUCIONALES - CENTRO CULTURAL RECOLETA - DIRECCIÓN GENERAL TEATRO COLÓN - DIRECCIÓN GENERAL CENTRO CULTURAL GENERAL SAN MARTÍN - SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA COMERCIO Y TECNOLOGÍA - SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y COORDINACIÓN DE POLÍTICAS AL CONSUMIDOR - SUBSECRETARÍA DE TRABAJO - SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA TECNOLOGÍA Y COMERCIO EXTERIOR - SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA COMERCIO INTERIOR Y COORDINACIÓN DE POLÍTICAS AL CONSUMIDOR - SUBSECRETARÍA DE TRABAJO Y EMPLEO - SUBSECRETARÍA DE TURISMO - DIRECCIÓN GENERAL COMERCIO INTERIOR - DIRECCIÓN GENERAL RELACIONES LABORALES Y PROTECCIÓN DEL TRABAJO - DIRECCIÓN GENERAL DEFENSA Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO TURÍSTICO - DIRECCIÓN GENERAL PROMOCIÓN Y DESARROLLO TURÍSTICO - DIRECCIÓN DE MICROEMPRENDIMIENTOS Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO - DIRECCIÓN DE MICROEMPRENDIMIENTOS
Publicación:
07/08/2000
Sanción:
06/08/2000
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Art. 104 inc. 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires, el Decreto N° 12-GCBA-96 (B.O. N° 1/96) y sus modificatorios, y demás normas complementarias acerca de las competencias del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario adaptar las estructuras organizativas del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los organismos fuera de nivel y descentralizados a fin de garantizar la mejor gestión de gobierno;
Que el Art. 104 Inc 9) determina la atribución del Jefe de Gobierno para establecer la estructura y organización funcional de los organismos de su dependencia;
Que en la configuración de las nuevas estructuras debe tenerse en cuenta el mandato de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los deberes que asume el órgano de gobierno y el proceso de institucionalización que se viene llevando a cabo desde 1996;
Que las modificaciones efectuadas en la estructura organizativa de las Secretarías y Subsecretarías lo han sido a fin de garantizar la eficiente acción de gobierno en la implementación de las políticas públicas que esta gestión debe encarar;
Que asimismo han sido modificadas las áreas de apoyo a fin de proveer eficientemente las necesidades de las áreas sustantivas;
Que por otra parte, debe impulsarse fuertemente el proceso de descentralización y en tal sentido la Subsecretaría con competencia en la materia ha sido localizada en la órbita de la Jefatura de Gobierno;
Que corresponde crear la Secretaría de Justicia y Seguridad atendiendo a la importancia institucional de las cuestiones relacionadas con esta materia, tales como el traspaso de la Policía Federal y de la justicia ordinaria a la órbita de la Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires, además del control de las empresas privadas de seguridad y vigilancia y el registro de las personas habilitadas a realizar dichas tareas;
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los Arts. 102 y 104 Inc. 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° Modifícase, a partir del día de la fecha, la estructura organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por el Decreto N° 12 - GCBA - 96 (B.O. N° 1) y sus modificatorios, de conformidad con lo establecido en el presente Decreto y en los Anexos I (Organigrama) y II (Objetivos) que lo integran en un todo.
Art. 2° Créanse la Secretaría de Justicia y Seguridad y su Subsecretaría de Seguridad, y transfiérense a su ámbito la Subsecretaría de Legislación y Justicia de la Secretaría de Gobierno, modifícase su denominación por Subsecretaría de Justicia y Legislación y establécese en su ámbito la dependencia orgánico-funcional del Programa de Seguridad Ciudadana, el Consejo de Prevención del Delito y el Instituto de Política Criminal, Seguridad y Prevención de la Violencia.
Art. 3° Modifícanse las estructuras organizativas de la Secretaría de Gobierno, de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, de la Secretaría de Planeamiento Urbano, de la Secretaría de Cultura y de la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo que modifica su denominación por la de Secretaría de Desarrollo Económico.
Art. 4° Suprímase la Secretaría de Turismo y transfiérense sus objetivos, dotación de personal, presupuesto y patrimonio a la Secretaría de Desarrollo Económico.
Art. 5° Suprímanse la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales dependiente de la Subsecretaría de Gobierno, la Comisión de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobierno, y la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Subsecretaría de Descentralización.
Art. 6° Suprímanse la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano, la Dirección General de Mantenimiento de la Vía Pública y su Adjunta, la Dirección General de Alumbrado Público y su Adjunta, la Dirección General de Coordinación con los Servicios Públicos Nacionales, y su Adjunta, la Dirección General de Hidráulica de la Subsecretaría de Obras Públicas, la Dirección General de Transporte y su Adjunta, la Dirección General Adjunta de Tránsito, de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, dependientes de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
Art. 7° Suprímanse la Subsecretaría de Reforma del Estado dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas; la Dirección General de Relaciones Laborales y la Dirección General de Protección del Trabajo de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico y la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la ex - Secretaría de Turismo; la Subsecretaría de Planeamiento Urbano dependiente de la Secretaría de Planeamiento Urbano y sus Direcciones General de Proyectos y Gestión Urbana y la Dirección General Adjunta de Fiscalización de Obras y Catastro; y la Subsecretaría de Desarrollo Cultural y su Dirección Instituto Histórico de la Ciudad dependientes de la Secretaría de Cultura.
Art. 8° Transfiérese el organismo Fuera de Nivel Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires de la Secretaría de Gobierno al ámbito del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 9° Transfiérase la Subsecretaría de Descentralización del Vicejefe de Gobierno, al ámbito del Jefe de Gobierno, modificándose su estructura organizativa.
Art. 10 Transfiérase la Dirección General Guardia de Auxilio de la Subsecretaría de Descentralización con la totalidad de sus objetivos, acciones, estructura organizativa, dotación de personal, presupuesto y patrimonio, la cual pasa a denominarse Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias, a la Subsecretaría de Servicios Generales.
Art. 11 Créanse la Dirección General Adjunta de la Dirección General de Servicios Generales, la Dirección General Adjunta de la Dirección General de Material Rodante y Talleres, la Dirección General Adjunta de la Dirección General de Infraestructura y Renovación de Edificios y la Dirección General Adjunta de la Dirección General de Emergencias Sociales y Defensa Civil dependientes de la Subsecretaría de Servicios Generales.
Art. 12 Créanse en el ámbito de la Subsecretaría de Comunicación Social la Dirección General de Planificación Estratégica, la Dirección General de Información de la Actividad Legislativa y su Adjunta y transfiérense a su ámbito la Dirección General de Relaciones Internacionales y Ceremonial y su Dirección Adjunta de la órbita de la Jefatura de Gobierno con la totalidad de su estructura administrativa, dotación de personal, presupuesto y patrimonio, modificándose su denominación por la de Dirección General de Relaciones Internacionales, Colectividades y Cooperación.
Art. 13 Créase la Dirección General Adjunta de la Dirección Técnica, Administrativa y Legal dependiente de la Subsecretaría de Coordinación de Gabinete y transfiérese la Unidad de Control y Seguimiento del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el Centro para la Participación y el Control Ciudadano al ámbito de la Subsecretaría de Coordinación de Gabinete.
Art. 14 Créase la Subsecretaría de Asuntos Políticos e Institucionales y modifícase la denominación de la Subsecretaría de Gobierno por la de Subsecretaría de Coordinación y Gestión Administrativa, dependiente de la Secretaría de Gobierno.
Art. 15 Créanse la Dirección General de Derechos Humanos, la Dirección General de Asuntos Políticos y la Dirección General de Asuntos Institucionales dependientes de la Subsecretaría de Asuntos Políticos e Institucionales y modifícase la dependencia de la Dirección General de Relaciones con Colectividades y Culto de la Secretaría de Gobierno, la que se transfiere con toda su estructura organizativa, dotación de personal, presupuesto y patrimonio.
Art. 16 Modifícase la dependencia de la Dirección General de Escribanía de Gobierno dependiente de la Secretaría de Gobierno, que se transfiere con la totalidad de sus objetivos, acciones, estructura organizativa, dotación de personal, presupuesto y patrimonio a la Subsecretaría de Coordinación y Gestión Administrativa de la Secretaría de Gobierno, modificándose su denominación por la de Escribanía General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 17 Créase la Subsecretaría de Gestión Operativa y modifícase la denominación de la Subsecretaría de Recursos y Administración Tributaria por la de Subsecretaría de Ingresos Públicos, dependientes de la Secretaría de Hacienda y Finanzas reteniendo su estructura organizativa, objetivos, personal, patrimonio y presupuesto.
Art. 18 Modifícase la dependencia de la Dirección General de Compras y Contrataciones y su Adjunta, la Dirección General de Recursos Humanos y su Adjunta, y la Dirección General de Administración de Bienes de la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera y de la Dirección General de Estadísticas y Censos de la ex- Subsecretaría de Reforma del Estado, que se transfieren a la Subsecretaría de Gestión Operativa de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, con la totalidad de sus objetivos, acciones, estructura administrativa, dotación de personal, presupuesto y patrimonio.
Art. 20 Créase la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones y su Adjunta y la Dirección Adjunta de la Dirección General de Estadísticas y Censos dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa de la Secretaría de Hacienda y Finanzas.
Art. 21 Modifícase la denominación de la Dirección General de Estructuras y Sistemas de Información de la Subsecretaría de Gestión Operativa de la Secretaría de Hacienda y Finanzas por la de Dirección General de Sistemas de Información, y del organismo Fuera de Nivel Unidad Ejecutora del Programa de Apoyo Institucional, Reforma Fiscal y Plan de Inversiones de la Ciudad de Buenos Aires por la de Unidad Ejecutora Préstamo BID dependientes de la Secretaría de Hacienda y Finanzas.
Art. 22 Créanse la Subsecretaría Administrativa y la Dirección General de Comunicaciones dependientes de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, y modifícase la denominación de la Subsecretaria de Obras Públicas por la de Subsecretaria de Obras y Mantenimiento.
Art. 23 Créanse la Dirección General de Inspección y Control y su Adjunta, de la Subsecretaría Administrativa dependientes de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y modifíquese la denominación de sus Direcciones General Técnica Administrativa y Legal y Adjunta, que pasan a denominarse respectivamente, Dirección General Administrativa y Legal, y Dirección General Adjunta Administrativa y Legal.
Art. 24 Transfiérense la Dirección General de Higiene Urbana y su Adjunta, de la ex Subsecretaría de Mantenimiento Urbano, con toda su estructura, personal, patrimonio y presupuesto a la Subsecretaría de Obras y Mantenimiento dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
Art. 25 Créanse la Dirección General Adjunta de Hidráulica y la Dirección General Adjunta de Obras Públicas, en el ámbito de la Dirección General de Obras Públicas, de la Subsecretaría de Obras y Mantenimiento dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
Art. 26 Modifíquese la denominación de la Dirección General de Tránsito de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, la cual pasa a denominarse Dirección General de Tránsito y Transporte, absorbiendo los objetivos, la dotación de personal, el patrimonio y el presupuesto pertenecientes a la ex -Dirección General de Transporte y créase la Dirección General Adjunta de la Dirección General de Tránsito y Transporte.
Art. 27 Créase la Subsecretaría de Desarrollo Urbano dependiente de la Secretaría de Planeamiento Urbano.
Art. 28 Créanse la Dirección General de Programas y Proyectos y la Dirección General de Gestión del Espacio Público de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano dependiente de la Secretaría de Planeamiento Urbano y transfiérense a su ámbito la Dirección de Planeamiento e Interpretación Urbanística y la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro de la ex - Subsecretaría de Planeamiento Urbano.
Art. 29 Modifícase la dependencia funcional del Consejo del Plan Urbano Ambiental estableciéndola en el ámbito de la Secretaría de Planeamiento Urbano.
Art. 30 Créanse la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, la Subsecretaría de Industrias Culturales dependientes de la Secretaría de Cultura, y el organismo Fuera de Nivel Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires fuera de nivel en el ámbito de la Secretaría de Cultura.
Art. 31 Transfiérense la Dirección General de Bibliotecas y la Dirección General Centro de Divulgación Musical de la ex Subsecretaría de Desarrollo Cultural a la Subsecretaría de Acción Cultural de la Secretaría de Cultura.
Art. 32 Créanse dependientes de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural de la Secretaría de Cultura, la Dirección General Instituto Histórico de la Ciudad de Buenos Aires, la Dirección General de Patrimonio y su Adjunta, la Dirección General de Infraestructura y su Adjunta dependientes de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural de la Secretaría de Cultura y transfiérese a su ámbito la Dirección General de Museos dependiente de la ex Subsecretaría de Desarrollo Cultural.
Art. 33 Créase la Dirección General de Publicaciones de la Subsecretaría de Industrias Culturales dependiente de la Secretaría de Cultura y transfiérese a su ámbito la Dirección General de Enseñanza Artística de la ex - Subsecretaría de Desarrollo Cultural.
Art. 34 Créase la Dirección General de Relaciones Institucionales dependiente de la Secretaría de Cultura.
Art. 35 Modifícanse la dependencia funcional del Centro Cultural Recoleta que se transfiere al ámbito de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, del Teatro Colón que se transfiere al ámbito de la Subsecretaría de Acción Cultural y del Centro Cultural General San Martín que se transfiere al ámbito de la Subsecretaría de Industrias Culturales.
Art. 36 Modifícanse las denominaciones de las Subsecretarías de Industria, Comercio y Tecnología, de Seguridad Alimentaria y Coordinación de Políticas al Consumidor y la de Trabajo por Subsecretarías Industria, Tecnología y Comercio Exterior, Seguridad Alimentaria, Comercio Interior y Coordinación de Políticas al Consumidor y Trabajo y Empleo, respectivamente, todas dependientes de la Secretaría de Desarrollo Económico y transfiérese a su ámbito la Subsecretaría de Turismo dependiente de la ex -Secretaría de Turismo.
Art. 37 Modifícase la dependencia de la Dirección General de Comercio Interior que se transfiere a la Subsecretaría de Seguridad Alimentaria, Comercio Interior y Coordinación de Políticas al Consumidor dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico.
Art. 38 Créanse la Dirección General de Relaciones Laborales y Protección del Trabajo y la Dirección General de Empleo y Capacitación de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo de la Secretaría de Desarrollo Económico y la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor de la Subsecretaría de Seguridad Alimentaria, Comercio Interior y Coordinación de Políticas al Consumidor dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico.
Art. 39 Créase la Dirección General de Desarrollo Turístico de la Subsecretaría de Turismo dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico y transfiérese a su ámbito la Dirección General de Promoción y Desarrollo Turístico de la ex Secretaría de Turismo que modifica su denominación por la de Dirección General de Promoción Turística.
Art. 40 Modifícase la denominación Dirección de Microemprendimientos y Promoción del Empleo por la de Microemprendimientos, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico.
Art. 41 Exceptúase de lo establecido en dispuesto en el Capítulo 7, inc. g) del Anexo del Decreto N° 1.711/94 (B.M. N° 19.868), lo dispuesto con relación a la creación de las Direcciones Generales Adjuntas de los organismos que integran el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 42 Establécese que las unidades orgánicas de menor nivel a las aprobadas en cada una de las Secretarías y Subsecretarías por la presente norma mantendrán los desarrollos organizativos y la dotación vigente a la fecha hasta tanto no se determinen las adecuaciones respectivas.
Art. 43 Determínase que lo dispuesto en el artículo precedente alcanza a los organismos transferidos, fusionados, suprimidos y con cambios de denominación.
Art. 44 La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto arbitrará las medidas necesarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente norma.
Art. 45 El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.
Art. 46 Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos remítase a las Secretarías del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Recursos Humanos y de Organización y Métodos. Cumplido, archívese.
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ANEXOS
JEFE DE GOBIERNO | N° | ||
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS GENERALES | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Entender en el mantenimiento y conservación de los edificios de propiedad del Gobierno de la Ciudad. Administrar los recursos para el desarrollo de los servicios de apoyo del mantenimiento edilicio y conservación del parque automotor. | |||
Establecer sistemas de asistencia a la comunidad ante situaciones de emergencia social y desarrollar acciones para la preservación de las condiciones de seguridad en edificaciones y en la vía pública. |
JEFE DE GOBIERNO | N° | ||
SUBSECRETARIA DE COMUNICACION SOCIAL | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Significar, proponer y supervisar las políticas, estrategias y acciones de información, comunicación y difusión de los actos de gobierno y servicios a la comunidad, de todas las Secretarías y del Poder Ejecutivo. | |||
Elaborar, evaluar, ejecutar y coordinar las propuestas que permitan establecer, mejorar y consolidar relaciones institucionales y comerciales con ciudades, estados y organismos internacionales. | |||
Desarrollar una política de comunicación que permita potenciar la presencia de la Ciudad de Buenos Aires y su oferta global de productos y servicios en el exterior. | |||
Elaborar y evaluar las propuestas de soporte comunicacional que permitan mejorar la relación de las distintas jurisdicciones del gobierno con los usuarios de los servicios que produce la ciudad. | |||
Elaborar y coordinar la política de información referida a la actividad de la Vicejefatura de Gobierno en el Organo Legislativo. | |||
Coordinar la promoción y difusión radial de actividades relacionadas con el acervo cultural de la ciudad. |
JEFE DE GOBIERNO | N° | ||
SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE GABINETE | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Organizar las reuniones de Gabinete y coordinar su desarrollo. Organizar reuniones de Subsecretarios y coordinar su desarrollo. | |||
Coordinar la relación de las distintas áreas del Organo Ejecutivo, supervisando los informes que se elaboren como conclusión de las reuniones de gabinete. | |||
Coordinar con las distintas áreas internas o externas, y aquellas que por sus características requieran su intervención. | |||
Coordinar y supervisar el funcionamiento del Centro para la Participación y el Control Ciudadano. | |||
Coordinar y supervisar el funcionamiento de la Unidad de Control y Seguimiento del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. | |||
Proponer y coordinar acciones y programas tendientes a la modernización de la gestión del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. | |||
Coordinar las acciones para la gestión administrativa, técnica y legal de los organismos del área Jefe de Gobierno. |
JEFE DE GOBIERNO | N° | ||
SUBSECRETARIA LEGAL Y TECNICA | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Analizar y asesorar en los aspectos técnicos y de gestión de proyectos y anteproyecto de actos administrativos, verificando su encuadre en las normas legales y reglamentarias de aplicación y efectuar su registro. | |||
Organizar y administrar la publicación del Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
JEFE DE GOBIERNO | N° | ||
SUBSECRETARIA DE DESCENTRALIZACION | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Impulsar el proceso de descentralización de funciones del Poder Ejecutivo. | |||
Proponer normas regulatorias que garanticen la correcta prestación de los servicios a descentralizar, y el funcionamiento de los Centros de Gestión y Participación. | |||
Proponer, coordinar y dirigir los mecanismos de consulta y participación de la ciudadanía vinculados al funcionamiento de los servicios descentralizados o desconcentrados. | |||
Entender en la elaboración de mecanismos de desregulación, desburocratización y simplificación del marco normativo a fin de garantizar la libre oferta de bienes y servicios, en un contexto de transparencia. | |||
Entender en la coordinación del Plan Ciudad. |
JEFE DE GOBIERNO | N° | ||
PROCURACION GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Asesorar jurídicamente y a través de dictámenes a los organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | |||
Efectuar el juzgamiento interno y la sustanciación de sumarios administrativos y fiscalizar al cuerpo de abogados del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | |||
Representar al Gobierno ante la Justicia y en litigios con terceros de conformidad con las normas legales. | |||
Ejercer la defensa del patrimonio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
SECRETARIA DE GOBIERNO | N° | ||
DIA | MES | AÑO | |
OBJETIVOS: | |||
Coordinar y articular las relaciones con los distintos poderes locales, con los ámbitos internacionales, con el Estado Nacional y los Estados Provinciales. | |||
Articular las relaciones político-insitucionales con la comunidad y los partidos políticos. | |||
Organizar las estructuras básicas de asistencia técnica y ejecución de la convocatoria electoral y el financiamiento de los partidos políticos. | |||
Administrar el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas en su jurisdicción. | |||
Ejercer el poder de policía de acuerdo con la normativa vigente. | |||
Establecer relaciones con las colectividades y general vínculos entre los cultos y las Autoridades de la Ciudad de Buenos Aires. | |||
Defender, promover y difundir el respeto a los derechos humanos en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. | |||
Promover espacios de mediación comunitaria y de resolución alternativa de conflictos. | |||
Diseñar, formular e instrumentar los programas de evaluación y fortalecimiento institucional de la administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
SECRETARIA DE GOBIERNO | N° | ||
SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y GESTION ADMINISTRATIVA | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Administrar en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el registro del Es tado Civil y Capacidad de las Personas. Dirigir el Archivo Notarial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, llevar el registro de protocolización de los actos de gobierno y mantener relaciones institucionales con las Escribanías de Nación y Provincias. Brindar apoyo a la Justicia Contravencional y de Faltas para el juzgamiento de infracciones. |
SECRETARIA DE GOBIERNO | N° | ||
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS E INSTITUCIONALES | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Articular las relaciones político-institucionales con la comunidad y con los partidos políticos en ámbito nacional y provincial. Brindar asistencia técnica para la convocatoria electoral y el financiamiento de los partidos políticos. Promover las relaciones con las colectividades y cultos reconocidos, sus países y regiones de origen. Promover y difundir la vigencia de los derechos humanos en el conjunto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
SECRETARIA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD | N° | ||
DIA | MES | AÑO | |
OBJETIVOS: | |||
Planificar estrategias y políticas metropolitanas concernientes a un Sistema Integral de Seguridad, en concordancia con las establecidas en el ámbito Nacional. | |||
Establecer y desarrollar las políticas fijadas por el Organo Ejecutivo referidas a su vinculación con el Poder Judicial. | |||
Instituir la administración de los denominados servicios de justicia, registro de antecedentes, institutos carcelarios y de detención en la jurisdicción de la ciudad. | |||
Promover y participar en planes, programas y proyectos de desarrollo en lo referente a políticas de Seguridad Pública y Prevención del Delito en el marco del Consejo Metropolitano de Complementación para la Seguridad Interior. | |||
Participar en la implementación de las transferencias del Poder Judicial y de la Policía Federal al ámbito local. |
SECRETARIA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD | N° | ||
SUBSECRETARIA DE JUSTICIA Y LEGISLACION | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Desarrollar las políticas fijadas por el Organo Ejecutivo en lo atinente a su vinculación con el Poder Judicial, ejerciendo las acciones necesarias a tal fin. | |||
Instaurar la administración de los denominados servicios de justicia, registros de antecedentes, institutos carcelarios y de detención en jurisdicción de la ciudad. | |||
Participar en la implementación de la transferencia del Poder Judicial al ámbito local. |
SECRETARIA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD | N° | ||
SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Planificar estrategias y políticas metropolitanas concernientes a un Sistema Integral de Seguridad, en concordancia con las establecidas en el ámbito Nacional. | |||
Promover y participar en planes, programas y proyectos de desarrollo en lo referente a políticas de Seguridad Pública y Prevención del Delito en el marco del Consejo Metropolitano de Complementación para la Seguridad Interior. | |||
Entender en los servicios de vigilancia en el ámbito interno, en la seguridad vial y la coordinación de urgencias para el área metropolitana. |
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS | N° | ||
DIA | MES | AÑO | |
OBJETIVOS: | |||
Definir, coordinar e instrumentar las políticas: financiera, tributaria y presupuestaria del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires administrando sus sistemas y recursos. |
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS | N° | ||
SUBSECRETARIA DE GESTION Y ADMINISTRACION FINANCIERA | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Planificar, coordinar e instrumentar las políticas, programas y actividades atinentes a la Administración Financiera (Sistema de Presupuesto, Tesorería, de Contaduría y de Crédito Público) y de Gestión de la Ciudad de Buenos Aires. Asimismo tendrá a su cargo el diseño y elaboración de estadísticas. |
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS | N° | ||
SUBSECRETARIA DE GESTION OPERATIVA | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Entender en el diseño de los regímenes de compras y contrataciones, concesiones y administración de bienes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | |||
Entender en la fijación e implementación de la política salarial y administración de los recursos humanos. | |||
Promover y desarrollar sistemas de información y la implementación de las técnicas de organización y métodos. |
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS | N° | ||
SUBSECRETARIA INGRESOS PUBLICOS | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Diseñar, coordinar e instrumentar la política tributaria del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Asimismo tendrá a su cargo la programación y control de las actividades de investigación y análisis fiscal y de capacidad contributiva de los ciudadanos de la Ciudad de Buenos Aires. |
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS | N° | ||
CENTRO DE FORMACION, CAPACITACION Y ENTRENAMIENTO | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Diseñar e instrumentar los programas de formación, capacitación y entrenamiento del personal de la Secretaría de Hacienda y Finanzas y el resto de las jurisdicciones, en todo lo atinente a la gestión y administración financiera de la Ciudad de Buenos Aires. |
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS | N° | ||
UNIDAD DE PRENSA Y DIFUSION | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Difundir los actos de gobierno de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. |
SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS | N° | ||
DIA | MES | AÑO | |
OBJETIVOS: | |||
Formular las políticas e instrumentar los proyectos y programas necesarios para la pres- | |||
tación de los servicios públicos, el mantenimiento urbano y la ejecución de obras públicas. | |||
Implementar las políticas referidas a la gestión y fiscalización del transporte y tránsito, | |||
a la habilitación de conductores y a la educación vial. |
SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS | N° | ||
SUBSECRETARIA DE OBRAS Y MANTENIMIENTO | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Instrumentar las políticas, programas y proyectos que regulen la ejecución de las obras públicas necesarias para el mantenimiento de la infraestructura urbana. Entender y controlar los servicios de higiene urbana en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS | N° | ||
SUBSECRETARIA ADMINISTRATIVA | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Entender en la planificación, fiscalización y ejecución administrativa y operativa. Otorgar permisos de tareas en la vía pública en forma coordinada con los servicios públicos nacionales y las empresas privadas. |
SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS | N° | ||
SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Entender en la planificación, regulación y control del tránsito y el transporte en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Promover y desarrollar las políticas y programas para la educación vial y la habilitación de conductores. |
SECRETARIA DE PLANEAMIENTO URBANO | N° | ||
DIA | MES | AÑO | |
OBJETIVOS: | |||
Diseñar la política de Planeamiento Urbano para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los planes a ella referidos y fiscalizar su aplicación. | |||
Implementar políticas, normas, proyectos y obras que tengan por objeto el desarrollo de la vivienda en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | |||
Formular las políticas referidas al espacio público, y controlar su aplicación. |
SECRETARIA DE PLANEAMIENTO URBANO | N° | ||
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Implementar normativas, planes, programas y proyectos relativos al desarrollo urbano y el espacio público; y coordinar la ejecución de las obras orientadas a tal fin. | |||
Controlar la ejecución de obras públicas y privadas en el ámbito de la Ciudad. |
SECRETARIA DE PLANEAMIENTO URBANO | N° | ||
SUBSECRETARIA DE VIVIENDA | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVO: | |||
Implementar las políticas para la vivienda en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
SECRETARIA DE SALUD | N° | ||
DIA | MES | AÑO | |
OBJETIVOS: | |||
Definir e implementar las políticas de salud, coordinando los programas de prevención, protección y rehabilitación, dirigidos a la Población de la Ciudad de Buenos Aires. Desarrollar el planeamiento y evaluación del desempeño. | |||
Formular y coordinar el gerenciamiento estratégico en materia de recursos económicos, financieros y humanos para la salud. | |||
Ver también el Decreto Nacional N° 10/2003 |
SECRETARIA DE SALUD | N° | ||
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS DE SALUD | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVO: | |||
Entender en la dirección ejecutiva del sistema prestacional de salud, dirigido a la población de la Ciudad de Buenos Aires, arbitrando los medios necesarios para la concreción de las políticas establecidas en esta materia.- |
SECRETARIA DE SALUD | N° | ||
SUBSECRETARIA DE GERENCIAMIENTO ESTRATEGICO | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Configurar, planificar, organizar, evaluar y controlar la implementación y ejecución de la administración estratégica de los recursos de la Secretaría de Salud, de acuerdo con las políticas y planes previstos. |
SECRETARIA DE EDUCACION | N° | ||
DIA | MES | AÑO | |
OBJETIVOS: | |||
Formular, instrumentar y administrar las políticas educativas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
SECRETARIA DE EDUCACION | N° | ||
SUBSECRETARIA DE EDUCACION | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos a fin de contribuir al desarrollo individual y social de la comunidad. |
SECRETARIA DE EDUCACION | N° | ||
SUBSECRETARIA DE COORDINACION, RECURSOS Y ACCION | DIA | MES | AÑO |
COMUNITARIA | |||
OBJETIVOS: | |||
Coordinar las acciones para la gestión administrativa, técnica y legal de los organismos que integran la Secretaría. | |||
Planificar y administrar el mantenimiento y recuperación de la infraestructura edilicia de los establecimientos educacionales. | |||
Programar y administrar la prestación de servicios a la comunidad y la relación con las cooperadoras escolares. |
SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO | N° | ||
DIA | MES | AÑO | |
OBJETIVOS: | |||
Formular el Plan de Desarrollo Económico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, acorde con la planificación estratégica que emane de las instancias institucionales que establece el Artículo 19 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | |||
Programar las acciones atinentes al Plan de Desarrollo Económico desde lo técnico - económico - financiero, a fin de garantizar que las mismas minimicen la utilización de recursos para alcanzar los objetivos y metas que se propongan y/o maximicen los resultados para una asignación de recursos dada. | |||
Definir, coordinar e instrumentar con las áreas de Gobierno involucradas y con el sector privado, las políticas, planes, y programas sectoriales tendientes al desarrollo, promoción y fiscalización de las actividades económicas y del empleo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | |||
Elaborar políticas e instrumentar proyectos y programas orientados al desarrollo, promoción y fomento de las actividades industriales, comerciales y de servicios. | |||
Elaborar políticas e instrumentar proyectos y programas orientados a incentivar y promover el empleo. | |||
Elaborar políticas e instrumentar proyectos y programas dirigidos a incentivar, fomentar y apoyar la actividad de pequeñas y medianas empresas industriales, comerciales y de servicio, así como la de microempresas y microemprendimientos. | |||
Definir e instrumentar políticas y programas de promoción y fomento del turismo. | |||
Elaborar, definir e instrumentar las políticas de protección, regulación y contralor laboral, como así también de incentivo y promoción del empleo. | |||
Ejercer como autoridad de aplicación en el ámbito de la Ciudad las leyes, decretos y programas destinados a los fines de su competencia. Representar al Gobierno de la Ciudad ante los organismos nacionales, regionales e internacionales con jurisdicción en la materia. | |||
Promover y fomentar la actividad exportadora de las empresas residentes en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Desarrollar y ejecutar políticas destinadas a obtener ventajas competitivas en la Ciudad en materia de comercio exterior. | |||
Promover, fomentar y fiscalizar la actividad de cooperativas y mutuales, siendo autoridad de aplicación en el ámbito local, de las leyes y decretos que regulen la actividad. | |||
Definir los planes y programas necesarios para el desarrollo del poder de policía sanitario, otorgado por el Artículo 22 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el afianzamiento del programa de higiene y seguridad alimentaria, coordinando su actividad con otras jurisdicciones. | |||
Presidir el Consejo Económico Social establecido en el Artículo 45 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | |||
Definir e instrumentar las políticas que garanticen la defensa de los consumidores contra la distorsión de los mercados, por prácticas desleales y/o monopólicas que los afecten, según lo dispone el Artículo 46 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO | N° | ||
SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, TECNOLOGIA Y COMERCIO EXTERIOR | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Planificar, instrumentar y coordinar los programas, proyectos y actividades necesarios para la consolidación y desarrollo del sector industrial en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un marco de desarrollo sustentable en términos ambientales y sociales, promoviendo especialmente la radicación de actividades no contaminantes. | |||
Diseñar los planes, programas y proyectos dirigidos a promover las pequeñas y medianas empresas industriales, como así también las pequeñas y medianas empresas proveedoras de bienes y servicios para la industria. | |||
Coordinar, con las áreas de gobierno que resulten involucradas, la organización de las actividades industriales y de servicios, articulando éstas con el entorno vecinal, y promover el posicionamiento de la ciudad como una metrópolis proveedora de servicios de alta tecnología. | |||
Planificar, instrumentar y coordinar los programas, proyectos y actividades necesarios para el desarrollo de la innovación tecnológica y relacionado con el sistema productivo de la ciudad. | |||
Promover y fomentar la actividad exportadora de las empresas radicadas en el ámbito de la ciudad. Diseñar y ejecutar políticas destinadas a desarrollar ventajas competitivas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de comercio exterior. | |||
Formular y ejecutar programas y proyectos sustentables en términos ambientales y sociales y fiscalizar las actividades industriales, comerciales y de servicios que no sean públicos. |
SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO | N° | ||
SUBSECRETARIA DE TRABAJO Y EMPLEO | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Diseñar e instrumentar los programas y proyectos tendientes a promover las relaciones laborales, garantizar la protección de los trabajadores e impulsar planes de capacitación de los mismos dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | |||
Definir, coordinar e instrumentar las políticas de protección y regulación laboral, como así también de programas de incentivo, promoción y mejora del empleo. |
SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO | N° | ||
SUBSECRETARIA DE TURISMO | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Elaborar e instrumentar de los planes, programas y proyectos necesarios para el afianzamiento y desarrollo del turismo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires e implementar los mecanismos necesarios para su fiscalización. Instrumentar en coordinación con otras áreas del gobierno, programas y proyectos dirigidos a capacitar y promover la actividad de pequeñas y medianas empresas turísticas, como así también los programas y proyectos destinados a desarrollar relaciones en red entre los distintos actores que intervienen en la prestación de servicios turísticos. |
SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO | N° | ||
SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA, COMERCIO | DIA | MES | AÑO |
INTERIOR Y COORDINACION DE POLITICAS AL CONSUMIDOR | |||
OBJETIVOS: | |||
Planificar, instrumentar y coordinar los programas, proyectos y actividades necesarios para la consolidación y el desarrollo del sector comercial en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de desarrollo sustentable en términos ambientales y sociales, articulando éstas con el entorno vecinal. | |||
Diseñar los planes, programas y proyectos dirigidos a promover las pequeñas y medianas empresas comerciales, como así también las pequeñas y medianas empresas proveedoras de servicios para el comercio. | |||
Elaborar, instrumentar y coordinar los planes, programas y proyectos necesarios para la consolidación y desarrollo de las políticas destinadas a la protección del consumidor y de la competencia, ejerciendo en plenitud el poder de policía sanitaria, regulando, habilitando, fiscalizando y controlando todo el circuito de producción, comercialización y consumo de productos alimenticios.- | |||
Proteger la salud de la población afianzando el programa de higiene, seguridad alimentaria y promover la producción, el comercio y los servicios en un marco de lealtad comercial atendiendo a las defensas de los consumidores en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires e implementar políticas para su fiscalización. Instrumentar en coordinación con las áreas del gobierno que resulten involucradas, programas y proyectos dirigidos a capacitar y promover la actividad ejerciendo el control higiénico-sanitario de establecimientos geriátricos, guarderías, escuelas, hogares y otros similares, instalados en el ámbito de la ciudad. | |||
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO REGIONAL | N° | ||
DIA | MES | AÑO | |
OBJETIVOS: | |||
Formular la Política de Medio Ambiente que regirá en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en concordancia con la establecida en el ámbito Nacional. | |||
Establecer y aplicar las regulaciones y normativas necesarias sobre la materia. | |||
Promover y participar en los planes, programas y proyectos de desarrollo regional y medio ambiente en el marco del Plan Urbano Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | |||
Participar, a través de la Subsecretaría de Medio Ambiente, en el Consejo del Plan Urbano Ambiental. | |||
Participar, juntamente con las Secretarías de Obras y Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, en las acciones desarrolladas que incidan en las condiciones ambientales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO REGIONAL | N° | |||
SUBSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE | DIA | MES | AÑO | |
OBJETIVOS: | ||||
Implementar políticas y diseñar planes que mejoren la calidad del medio ambiente urbano. | ||||
Desarrollar normas de regulación y conservación, a fin de favorecer una adecuada calidad de vida y un uso racional de los recursos naturales, controlando su aplicación. |
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO REGIONAL | N° | ||
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO REGIONAL | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Elaborar estudios y acciones tendientes a definir programas regionales de desarrollo en áreas de la ciudad que requieran atención especial o acciones de desarrollo específicas. | |||
Participar de las acciones definidas en el marco del Plan Urbano Ambiental. | |||
Participar en el Consejo del Plan Urbano Ambiental. |
SECRETARIA DE PROMOCION SOCIAL | N° | ||
DIA | MES | AÑO | |
OBJETIVOS: | |||
Diseñar e implementar las políticas de promoción y desarrollo social a fin de satisfacer las demandas generales y/o sectoriales en dicha materia. | |||
Administrar la ejecución de programas de asistencia a la comunidad. |
SECRETARIA DE PROMOCION SOCIAL | N° | ||
SUBSECRETARIA DE GESTION DE LA ACCION SOCIAL | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Programar, ejecutar y controlar las acciones de carácter asistencial dirigidas a sectores en situación de carencia o riesgo y las de cobertura ante situaciones de catástrofe o emergencia social. |
SECRETARIA DE PROMOCION SOCIAL | N° | ||
SUBSECRETARIA DE PROMOCION Y DESARROLLO COMUNITARIO | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVO: | |||
Diseñar e implementar políticas de promoción y desarrollo social que comprendan o satisfagan demandas de carácter general o sectorial. |
SECRETARIA DE CULTURA | N° | ||
DIA | MES | AÑO | |
OBJETIVOS: | |||
Diseñar e implementar las políticas tendientes a preservar y acrecentar el acervo cultural. | |||
Realizar, promover y orientar las manifestaciones artístico-culturales promoviendo y realizando actividades de formación especializada en estas áreas. | |||
Diseñar e implementar políticas, normas, proyectos y obras que tengan por objeto el desarrollo y preservación del patrimonio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires así como su infraestructura cultural. | |||
Diseñar e implementar políticas para la formación de artes y oficios para la preservación del Patrimonio Cultural. | |||
Diseñar e implementar las políticas y acciones tendientes a fomentar las industrias culturales. |
SECRETARIA DE CULTURA | N° | ||
SUBSECRETARIA DE PATRIMONIO CULTURAL | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Diseñar las políticas necesarias para la preservación de las áreas de Protección Histórica. | |||
Planificar políticas y estrategias inherentes a los valores arqueológicos así como a la conservación del Casco Histórico de la Ciudad. | |||
Planificar las políticas y acciones para la integración y capacitación en técnicas de rehabilitación y conservación del Patrimonio Cultural. | |||
Diseñar las políticas y conducir las acciones del Gobierno de la Ciudad a fin de promover, rescatar, preservar y actualizar el Patrimonio Cultural. |
SECRETARIA DE CULTURA | N° | ||
SUBSECRETARIA DE ACCION CULTURAL | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Diseñar y conducir las políticas tendientes a promover la participación cultural a través de programas socio-culturales, proyectos, eventos, seminarios, convenios culturales, concursos y ferias artesanales. | |||
Diseñar y supervisar las políticas referidas a las Bibliotecas de la Ciudad con la finalidad de facilitar el acceso al conocimiento de las obras que forman su patrimonio. | |||
Diseñar las políticas tendientes a la difusión de las artes, en especial las referidas al arte lírico, musical y coreográfico, y las ciencias. |
SECRETARIA DE CULTURA | N° | ||
SUBSECRETARIA DE INDUSTRIAS CULTURALES | DIA | MES | AÑO |
OBJETIVOS: | |||
Diseñar y conducir las políticas referidas al estímulo de las producciones gráficas, audiovisuales y contenidos de internet integrando al sector privado al quehacer público. | |||
Diseñar e implementar las políticas tendientes al desarrollo de la enseñanza por y para el arte. | |||
Diseñar e implementar políticas que tiendan al estímulo de formas experimentales de expresión que incorporen nuevas tecnologías. |