DECRETO 174 2024

Síntesis:

APRUEBA - TEXTO ORDENADO DEL CÓDIGO FISCAL - ÍNDICE - CUADRO DE CORRELACIÓN DE ARTÍCULOS - REMISIONES HECHAS AL CÓDIGO FISCAL EN LA LEY TARIFARIA PARA EL AÑO 2024 

Publicación:

22/04/2024

Sanción:

19/04/2024

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


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VISTO: El artículo 185 del Código Fiscal (texto ordenado 2023 según Decreto N°

70/23), modificado por las Leyes Nros. 6.618, 6.642, 6.643, 6.648, 6.649, 6.699 y

6.710, y el Expediente Electrónico N° 12.896.445/GCABA-DGANFA/2024, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 185 del Código Fiscal vigente faculta al Poder Ejecutivo a confeccionar

el texto ordenado de dicho Cuerpo Legal cada vez que resulte necesario y a actualizar

las remisiones en él existentes, respecto de la Ley Tarifaria que para cada año se

sancione;

Que las Leyes Nros. 6.618, 6.642, 6.643, 6.648, 6.649, 6.699 y 6.710 han introducido

diversas modificaciones al Código Fiscal (texto ordenado 2023 según Decreto N°

70/23);

Que por lo expuesto y en virtud de razones de claridad y certeza en la aplicación de la

citada norma y una mejor técnica legislativa, se procede a confeccionar el texto

ordenado arriba mencionado a efectos de evitar una dispersión normativa;

Que de esta manera se verá facilitada la gestión de los contribuyentes y de la misma

Administración;

Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar el texto ordenado del Código Fiscal, su índice y su cuadro de

correlación de artículos, los que se acompañan como Anexos I (IF-2024-12950264-

GCABA-DGANFA), II (IF-2024-12957137-GCABA-DGANFA) y III (IF-2024-12964216-

GCABA-DGANFA), respectivamente, y que a todos los efectos forman parte integrante

del presente Decreto.

Artículo 2°.- Las remisiones hechas al Código Fiscal en la Ley Tarifaria para el año

2024, deberán ser convertidas en la forma que se indica en el Anexo IV (IF-2024-

12964310-GCABA-DGANFA), el que a todos los efectos forma parte integrante del

presente Decreto.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, pase a la Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos. Cumplido, archívese. MACRI - Arengo Piragine - Grindetti


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6857- ANEXO I- T.O CÓDIGO FISCAL

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6857- ANEXO II - INDICE

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6857- ANEXO III -cuadro de correlación de artículos

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6857- ANEXO IV -CONVERTIDOR DE ARTÍCULOS - LEY TARIFARIA 2024

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1 fija el importe a que se refiere el inciso a) del artículo 283 del Código Fiscal vigente, Texto Ordenado por Decreto 174/24.</p><p>Artículo 2 fija el importe a que se refiere el inciso c) del artículo 283 del Código Fiscal vigente.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 284-AGIP/24 establece que los contribuyentes alcanzados por el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos deberán ajustarse a las disposiciones contenidas en la presente Resolución.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 2040/DGR/24 establece las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2023, en el marco de T.O. aprobado por Decreto N° 174/24.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion N° 153-AGIP/24 convalídas la Tabla de Marcas y Valuaciones que determina la base imponible del Impuesto de Patentes sobre Vehículos en General para el año 2024.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 del Decreto N° 174/24 aprueba el texto ordenado del Código Fiscal del 2024, cuyo Texto Ordenado fuera aprobado por el Decreto 70/23.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 2 del Decreto 174/24 establece que las remisiones hechas al Código Fiscal en la Ley Tarifaria para el año 2024 - aprobada por Ley 6711 - deberán ser convertidas en la forma que se indica en el Anexo IV que integra al Decreto.</p>
TEXTO ORDENADO
<p>Artículo 1° del Decreto N° 174/24 aprueba el texto ordenado del Código Fiscal del 2024, aprobado por la Ley N° 6505.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Ley 6721 -24 sustituye el artículo 283 del Código Fiscal TO 2024 según Decreto 174-24.</p><p>Articulo 2° sustituye el artículo 284.</p><p>Ariculo.3° sustituye el artículo 285.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1º de la Ley 6719 incorpora  artículo 403 bis del Código Fiscal  aprobado por la Ley N° 6505 (T.O. Decreto 174/24).</p><p>Artículo  2° modifica el artículo 413.</p><p>Vigencia de las modificaciones: 7 de junio de 2024.</p>