DECRETO 363 2015

Síntesis:

TEXTO ACTUALIZADO  - NORMA DEROGADA  - APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL DEPENDIENTE DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Publicación:

16/12/2015

Sanción:

15/12/2015

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


VISTO:La Ley N° 5.460, y el Expediente Electrónico N°38.090.014-MGEYA-DGTALMJG/15, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.460 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, determina que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones porlos Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que lefueran conferidas por la misma;

Que el Jefe de Gabinete de Ministros y diez (10) Ministros tendrán a sucargo el despacho de los asuntos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de BuenosAires;

Que asimismo, es conveniente delegar funciones en la Vicejefatura deGobierno, de conformidad con lo previsto en el artículo 99 de la Constituciónde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el artículo 9° de la Ley N° 5.460;

Que las tareas de apoyo necesarias para la actividad de la Jefatura deGobierno son atendidas por la Secretaría General y Relaciones Internacionales,la Secretaría Legal y Técnica, la Secretaría de Medios y las Subsecretarías deContenidos y de Comunicación;

Que, de conformidad a lo normado por el artículo 104, inciso 9) de laConstitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, compete a la Jefatura deGobierno establecer la estructura y organización funcional de los organismos desu dependencia;

Que la Ley N° 5.460 autoriza a este Poder Ejecutivo para que, sólo enrelación al presupuesto correspondiente al Ejercicio 2016, efectúe aquellasreestructuraciones de créditos que resulten indispensables para la puesta envigencia de la citada Ley a partir del 10 de diciembre de 2015, informandodentro de los treinta (30) días a la Legislatura.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DEBUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Apruébase, al 10 de diciembre de 2015, la estructura orgánicofuncional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, que como Anexo I (Organigrama) identificado como IF N° 38456403- MJGGC/2015,atodos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Apruébanse las responsabilidades primarias y objetivos de lasUnidades de Organización integrantes del organigrama aprobado por el artículo1°, según se detalla en el Anexo II (Responsabilidades y objetivos)identificadocomo IF N° 38456449-MJGGC/15, que a todos sus efectos forma parte integrantedel presente Decreto.

Artículo 3°.- Deléganse en la Vicejefatura de Gobierno todas las funcionesenumeradas en el artículo 9° de la Ley N° 5.460.

Artículo 4°.- Facultase al Ministro de Hacienda a realizar las modificacionesen las designaciones del personal del Régimen Gerencial resultantes de loscambios producidos por la Ley N° 5.460 y el presente Decreto.

Artículo 5°.- Establécese que los cargos del Régimen Gerencial existentesala fecha fijada en el artículo 1°, permanecerán vigentes hasta tanto seapruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdiccióno hasta tanto el Ministro de Hacienda realice las modificaciones dedesignaciones depersonal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° delpresente Decreto.

Artículo 6°.- La remuneración mensual bruta de cada Ministro y del Secretario/aGeneral y Relaciones Internacionales será equivalente a quince mil doscientas(15.200) unidades retributivas. Fíjanse las remuneraciones de las restantesautoridades superiores dependientes del Poder Ejecutivo en los porcentajes que,sobre la base de la retribución bruta mensual que percibe cada Ministro, seestablecen a continuación: Secretario/a Legal y Técnico y Secretario/a deMedios, 97%; Subsecretarios/as de Contenidos y de Comunicación, Secretarios/asy titulares de repartición con rango, nivel o retribución equivalente, 95%;Subsecretarios/as y titulares de repartición con rango, nivelo retribuciónequivalente, 80%; Directores/as Generales y titulares de repartición con rango,nivel o retribución equivalente, 70%; Subdirecciones Generales Proyectos conOrganismos Multilaterales de Crédito y Evaluación Financiera del Ministerio deHacienda, 60%.

Artículo 7°.- Institúyese, a partir del 10 de diciembre de2015, el RégimenModular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de laCiudad Autónoma de Buenos Aires, que se integra con la unidades retributivasque seguidamente se indican, determinando el valor de cada una de ellas en lasuma remunerativa de seis pesos con 0791 centavos ($ 6,0791)

(Nota al usuario: El Art. 1° de laResolución N° 105/MEF/19, BOCBA 5601 del 22/04/2019, establece la adecuacióndel valor de la unidad retributiva aplicable a las remuneraciones deAutoridades Superiores y al Régimen Modular de Plantas de Gabinete en un todode acuerdo con la pauta salarial del año en curso para el personal de plantapermanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.)

FUNCIONARIO

TOTAL

Jefe/a de Gobierno

Treinta mil (30.000)unidades retributivas

Vicejefe/a de Gobierno

Treinta mil (30.000)unidades retributivas

Jefe/a de Gabinete deMinistros

Treinta mil (30.000)unidades retributivas

Ministros/as

Treinta mil (30.000)unidades retributivas

Secretario/a General yRelaciones Internacionales, y Secretario/a Legal y Técnico

Treinta mil (30.000)unidades retributivas

Secretario/a de Medios,Subsecretarios/as de Contenidos y de Comunicación, Secretarios/as y titularesde repartición con rango, nivel o retribución equivalente

Veinticinco mil(25.000) unidades retributivas

Subsecretarios/as oequivalentes

Dieciocho mil (18.000)unidades retributivas

Directores/asgenerales o equivalentes

Ocho mil quinientas(8.500) unidades retributivas

Artículo 8°.- El personal que se designe bajo el Régimen Modular establecidoen el presente Decreto tendrá una remuneración mensual integrada por una sumabruta remunerativa y bonificable, equivalente a la cantidad de unidadesretributivas que se le asignen, la que no podrá resultar superior a la delfuncionario del cual depende.

Artículo 9°.- El Ministerio de Hacienda arbitrará las medidas pertinentes alos fines de la aplicación de lo dispuesto en la Ley N° 5.460 y en el presente Decreto,haciendo efectivos los traspasos de personal, patrimonio y presupuesto queresulten necesarios entre las distintas áreas del Poder Ejecutivo.

Artículo 10.- Establécese que las erogaciones correspondientes a las jurisdiccionesy entidades vigentes al 9 de diciembre del corriente año, son atendidas concargo a sus créditos presupuestarios de origen, siendo las mismas, responsablesde su administración hasta el cierre del presente ejercicio.

Artículo 11.- Derógase el Decreto N° 660/11 y toda otra norma que se opongaal presente.

Artículo 12.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinetede Ministros.

Artículo 13.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,comuníquese a los Ministerios, Secretarías y Subsecretarías del Poder Ejecutivo,a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección Generalde la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demásefectos remítase al Ministerio de Hacienda y a la Jefatura de Gabinete deMinistros. Cumplido, archívese.RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel

Nota I: Se deja constancia que el texto actualizado de la Estructura Orgánico Funcional comienza a partir de la publicación del Decreto N° 363-2015.

Nota II: El Art. 27 del Decreto 119/18 establece que los cargos del Régimen Gerencial existentes a la fecha fijada en su Art. 1° permanecerán vigentes hasta tanto se apruebe la estructura orgánico funcional de dicho Régimen en cada jurisdicción o hasta tanto el Ministro de Economía y Finanzas realice las modificaciones de designaciones de personal.

ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL

PODER EJECUTIVO

Actualizada al 01/11/2019

JEFATURA DE GOBIERNO

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Ver archivo 1

VICEJEFATURA DE GOBIERNO

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Ver archivo 2

SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Ver archivo 3

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Ver archivo 4

SECRETARÍA DE MEDIOS

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Ver archivo 5

SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Ver archivo 6

SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Ver archivo 7

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Ver archivo 8

MINISTERIO DE HACIENDA

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Baja: Decreto 119/18

Antecedente: Ver archivo 9

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Ver archivo 10

MINISTERIO DE SALUD

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Ver archivo 11

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Baja: Decreto 119/18

Antecedente: Ver archivo 12

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Ver archivo 13

MINISTERIO DE CULTURA

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Ver archivo 14

MINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Ver archivo 15

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Baja: Decreto 119/18

Antecedentes: Ver archivo 16

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Ver archivo 17

MINISTERIO DE GOBIERNO

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Ver archivo 18

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Ver archivo 19

MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN

ORGANIGRAMA Y RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Ver archivo 20


ANTECEDENTES NORMATIVOS

Ver archivo 21



DECRETOS













JEFATURA DE GOBIERNO363/2015400/17


VICEJEFATURA DE GOBIERNO363/2015400/2015141/2016675/201666/2017427-17477/1794/18119/18204-1882/19


SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES363/2015141/2016294/201664/2017119/18196/18317/18


SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA363/2015345/2016675/201676/2017152/2017289/17


SECRETARÍA DE MEDIOS363/2015


SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN363/2015438/2016119/18213/18


SUBSECRETARÍA DE CONTENIDOS363/2015440/2016675/2016119/18


JEFE DE GABINETE DE MINISTROS363/2015141/2016271/16306/2016421/16675/2016122/17329/1788/18154/18240/19


MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN119/18252/201892/19195/19










MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD363/2015121/2016369/2016675/2016207/2017226/2017455/17

173/1866/19116/19334/19


MINISTERIO DE SALUD363/2015141/2016315/2016675/2016118/2017297/18409/1883/19301/19


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS119/18230/18348/18194/19385/19


MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE363/2015141/2016362/2016421/2016675/2016345/201724/18119/18366/18384/18


MINISTERIO DE CULTURA363/2015141/2016299/2016675/2016205/2017119/18215/18290/18197/19


MINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO363/2015141/2016399/2016675/2016288/17386/17113/19


MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO363/2015141/2016329/2016675/2016208/2017340/2017119/18217/18


MINISTERIO DE GOBIERNO363/2015293/2016 477/2016310/2017119/18268/18


MINISTERIO DE HACIENDA363/2015345/2016346/2016675/2016125/2017242/2017

BAJA

119/18








MINISTERIO DE EDUCACIÓN363/2015328/2016675/2016129/2017

BAJA

119/18










MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA363/2015400/2015141/2016299/2016393/2016439/2016476/2016597/2016675/201682/201797/2017251/2017430/17

BAJA

119/18